NIA 700. FORMACION DE UNA OPINION Y DICTAMEN SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS

Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata de la responsabilidad que tiene el auditor de formarse una opinión sobre los estados financieros. También trata de la estructura y el contenido del informe de auditoría emitido como resultado de una auditoría de estados financieros, y es aplicable a las auditorías de estados financieros correspondientes a periodos terminados, apoyados en las normas internacionales de auditoria, las cuales presentan una pauta para lograr una seguridad en el dictamen, lo que implica credibilidad y fácil entendimiento por parte de los socios de la empresa auditada, que generalmente son los interesados.

Tiene relación con la NIA 200 porque ambas buscan la relación de los estados financieros, su análisis e interpretación. Además de la responsabilidad que tiene el auditor para emitir su opinión, conforme al desarrollo de su trabajo y el logro de los objetivos fijados. Así como también buscan la emisión de un informe con la opinión del auditor, con la información relevante para informales a los interesados o usuarios de los estados.

Teniendo esto presente, el auditor deberá estudiar y apreciar los hallazgos y conclusiones tomados de la evidencia que se obtuvo de la auditoria como eje fundamental  para lo que puede ser la expresión de la opinión de los estados financieros.

Cabe destacar, que este estudio y apreciación implica considerar si estos estados financieros han sido organizados y preparados basados en un marco de referencia de información financiera aplicable para informes financieros, además de considerar si los estados financieros plasman  las exigencias reglamentarias.

Es importante que el auditor tenga claridad sobre la expresión de opinión donde debe considerar los estados financieros como un todo respecto al dictamen del auditor.

Objetivo.

El auditor debe hacer una opinión con base en una evaluación de las conclusiones generales a partir de la evidencia obtenida durante el desarrollo de la auditoria.

Una vez emitida la opinión el auditor deberá expresarla con claridad por medio de un dictamen escrito que manifiesta la base y el sustento para dicha opinión.

Básicamente se establecen dos modelos de opinión:

  • Opinión No Modificada.

Es la opinión favorable, es decir, la expresada por el auditor cuando concluye que los estados financieros han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con el marco de información financiera aplicable.

  • Opinión Modificada.

Como se puede deducir, es una opinión con salvedades, ya sea opinión desfavorable (adversa) o denegación (abstención) de opinión. Los modelos de informe de opinión denegada se analizan en la NIA 705 “Opinión Modificada en el Informe Emitido por un Auditor Independiente”.

Requisitos.

  1. Formación de una Opinión sobre los Estados Financieros:

El auditor  habrá de formarse una opinión sobre si los estados financieros están arreglados y mostrados, en todos sus aspectos importantes, de acuerdo con el marco de referencia de información financiera aplicable. Para lo cual el auditor debe concluir si se ha conseguido una seguridad razonable en el juego completo de los estados financieros, y éstos están libres de representaciones erróneas de importancia relativa, debida a fraude o error.

Para formar su opinión el auditor debe determinar si ha obtenido suficiente y apropiada evidencia, si las representaciones equivocadas no corregidas no son de importancia inherente, si los estados financieros están preparados acorde a las políticas contables adecuadas, verificar si estas son consistentes con el marco de referencia financiera aplicable y así mismo si son apropiadas.

Es importante también que el auditor determine si la información presentada en los documentos proporciona las revelaciones adecuadas, confiables, comparables y entendibles que permitan que los usuarios comprendan el efecto de las transacciones y hechos de importancia relativa, de acuerdo con la información comunicada y reflejada en dichos estados financieros.

  1. Formación de una Opinión:

El auditor expresa una opinión sin salvedades cuando determina que los estados financieros están dispuestos, en todos los aspectos importantes, de acuerdo con el marco de referencia de información financiera aplicable.

En dado caso que el auditor concluya que la evidencia obtenida no es suficiente y puede existir riesgos de representación equívoca, no se logra una presentación razonable, se deberá reunir con la administración y de acuerdo con el marco de referencia de información financiera aplicable resolver el asunto y determinar si es necesario modificar la opinión en el dictamen del auditor.

  1. Dictamen del Auditor:

El auditor deberá presentar su dictamen por escrito, esto según lo previsto en la NIA 700 en su apartado 20, que expresamente dice que “el informe de auditoría será escrito”.

Componentes Principales del Informe de Auditoría.

  • Título:

El titulo deberá presentar claramente que es un dictamen u opinión de un auditor independiente, cumpliendo así con los requisitos relacionados a la independencia.

  • Destinatario:

La mayoría de los casos el dictamen va dirigido para los usuarios de los estados financieros (normalmente, los accionistas o socios de la entidad auditada)

  • Apartado Introductorio:

Se identificará a la entidad auditada, se manifestará que los estados financieros han sido analizados y auditados, se identificará el título de cada estado incluido en los estados financieros, consignará al resumen de las políticas contables significativas y a otra información explicativa (es decir, la memoria); y finalmente especificará la fecha o periodo cubiertos.

  • Responsabilidad de la Dirección en relación con los Estados Financieros:

Normalmente se entenderá como dirección a los Administradores de la Sociedad. Esta sección tiene un título propio dentro del informe de auditoría. El informe describirá que los Administradores son los responsables de la preparación de las cuentas anuales de conformidad con el marco contable, así como del Control Interno que permita preparar unos estados financieros sin incorrecciones materiales y que reflejen la imagen fiel.

  • Responsabilidad del Auditor:

Esta sección también va titulada. En los párrafos de esta sección (tres en total), se dirá que la responsabilidad del auditor es expresar una opinión sobre los estados financieros, así como que la auditoría se ha llevado a cabo de conformidad con Normas Internacionales de Auditoría. También se dirá que las NIA exigen que el auditor cumpla los requerimientos de ética así como que planifique y ejecute la auditoría para obtener una seguridad razonable sobre si las cuentas anuales están libres de incorrección material.

Posteriormente se hará mención a los procedimientos de auditoría (incluida la valoración de riesgos), tomándose en cuenta el control interno para diseñarlos pero no siendo la finalidad del auditor el expresar una opinión sobre el control interno. También se hará mención a la evaluación de las políticas contables aplicadas, de las estimaciones contables realizadas y de la presentación global de los estados financieros.

Finalmente, se señalará si el auditor considera que la evidencia de auditoría obtenida es suficiente y adecuada.

  • Opinión:

En una sección con dicho título, se expresará la opinión.

En caso de ser opinión no modificada, se utilizará una de las frases indicadas a continuación, que se consideran equivalentes: “los estados financieros expresan la imagen fiel de … de conformidad con el marco de información financiera aplicable” o “los estados financieros presentan fielmente, en todos los aspectos materiales, … de conformidad con el marco de información financiera aplicable”, así como se indicará que los estados financieros han sido preparados, en todos los aspectos materiales, de conformidad con el marco de información financiera aplicable.

En caso de que los estados financieros están elaborados de acuerdo a un marco de referencia de información aplicable que no está acorde las normas internacionales de auditoria, el auditor deberá incluir en su opinión la jurisdicción de origen del marco de referencia.

  • Otras Responsabilidades de Información:

Figurarán bajo el título “Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios”, y se incluirá en aquellos casos en que el auditor cumpla con otras responsabilidades de información, además de la establecida por las NIA de informar sobre los estados financieros. Por ejemplo, la verificación de la concordancia contable en el informe de gestión.

  • Firma del Auditor.
  • Fecha del Informe de Auditoría:

Que en ningún caso será anterior a la obtención de la evidencia adecuada y suficiente, incluida la evidencia de que todos los estados que componen los estados financieros, incluidas las notas explicativas, han sido preparados y que las personas con autoridad reconocida han manifestado que asumen su responsabilidad sobre ellos.

  • Dirección del Auditor:

Se debe presentar el nombre del lugar de la jurisdicción donde el auditor ejerce su práctica.

Información Complementaria presentada con los Estados Financieros.

Cuando se presenta información complementaria con los estados financieros no requerida en el marco de referencia, el auditor deberá apreciar si dicha información se diferencia claramente en los estados financieros, de no ser así, el auditor debe exigir a la administración que cambie la presentación de la información. Si esto no es posible, se debe expresar adecuadamente en la opinión de los estados financieros.

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